EFECTIVO INMEDIATAMENTE: En base a las directivas recibidas del Tribunal de Distrito para el Distrito Este de Nueva York y del Tribunal de Apelaciones para el Segundo Circuito, y con el fin de proteger la salud del público, la Sala del Juez Scarcella está adoptando los siguientes procedimientos en todos los asuntos. Estos procedimientos están diseñados para limitar la necesidad de comparecer ante el Tribunal. Por favor, absténgase de ponerse en contacto con el Tribunal durante este período de tiempo a menos que tenga un asunto que requiera atención inmediata.

  1. A partir del 16 de marzo de 2020 y hasta nuevo aviso, y siempre que todas las partes den su consentimiento, las partes que busquen un aplazamiento de cualquier moción o conferencias de estado (incluyendo la mitigación de pérdidas, las conferencias previas al juicio y las conferencias posteriores a la detección) programadas para ser escuchadas durante este período de tiempo pueden presentar al Tribunal una carta solicitando un aplazamiento de la audiencia.
  2. A partir del 16 de marzo de 2020 y hasta nuevo aviso, las mociones sin oposición, incluidas las mociones del Síndico del Capítulo 13 para desestimar casos, podrán ser concedidas por el Tribunal sin necesidad de comparecencia, siempre que la parte actora presente ante el Tribunal una propuesta de orden de concesión de la moción junto con un Certificado de No Objeción al menos 2 días antes de la fecha de audiencia programada. El Certificado de No Objeción deberá incluir la fecha de presentación y notificación de la moción, la fecha límite para presentar una objeción a la misma, y una declaración de que (i) la moción fue presentada y notificada en tiempo y forma, (ii) no se ha presentado ni notificado ninguna objeción al solicitante, (iii) no hay ninguna objeción, escrito de respuesta o solicitud de audiencia con respecto a la moción en el expediente, y (iv) el solicitante no tiene conocimiento de ninguna objeción informal. Una vez recibido el certificado de no objeción, el Tribunal podrá dictar una orden de aceptación de la moción sin necesidad de presentar más alegaciones, audiencias o solicitudes. En caso de que el Tribunal determine que es necesaria una audiencia, ésta se programará mediante una orden del Tribunal. Se puede encontrar un formulario de Certificado de No Objeción en el sitio web del Tribunal bajo la pestaña del Juez Scarcella, «Form Orders».
  3. Las mociones programadas para audiencias después del 16 de marzo de 2020 que se oponen serán escuchadas según lo programado a menos que el Tribunal indique lo contrario.
  4. No obstante lo anterior, en el caso de que cualquier parte requiera una audiencia, la parte puede ponerse en contacto con Chambers en [email protected] para solicitar dicha audiencia. El Adjunto a la Sala responderá por correo electrónico informando si el Tribunal concede o deniega dicha solicitud. Si se acepta la solicitud, la audiencia se llevará a cabo por teléfono y el Adjunto de la Sala responderá por correo electrónico, proporcionando un número de marcación e instrucciones.

Los procedimientos para obtener las fechas de las audiencias, y para solicitar audiencias de emergencia, aplazamientos, comparecencias telefónicas o por vídeo, y en relación con las copias de las cámaras, la presentación de órdenes, los avisos de presentación, y otros asuntos se pueden encontrar haciendo clic en la pestaña de Procedimientos de los Jueces.

Dirección de correo:

Hon. Louis A. Scarcella
Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos
Distrito Este de Nueva York
Alfonse M. D’Amato Federal Courthouse
290 Federal Plaza
Central Islip, Nueva York 11722

*** Por favor, revise los Procedimientos de los Jueces antes de ponerse en contacto con el despacho.

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