MORROW COUNTY SHERIFF OFFICE

POLICY AND PROCEDURES MANUAL

CORRECTION DIVISION

SECTION: Comunicación, Correo, y

Visitación

TÍTULO: Visitación de Reclusos

REFERENCIA: Normas carcelarias de Ohio

EFF. DATE: January 1, 1996

REV. DATE: July 7, 1998

October 15, 1998

September 9, 1999

December 22, 2008

09/08/2015, 05/05/2017

I. POLÍTICA:

Las visitas de los reclusos (miembros de la familia, amigos y profesionales) proporcionan un medio por el cual el recluso puede mantener el contacto con la familia y los amigos y recibir consultas profesionales para hacer frente a los problemas personales y legales.

Las visitas se restringirán sólo si el administrador de la cárcel o la persona designada determina que una visita es una amenaza para la seguridad, la protección o los mejores intereses de la cárcel. El administrador de la cárcel o la persona designada documentará las restricciones por escrito.

Las visitas entre los reclusos y los miembros del público serán supervisadas y podrán ser grabadas por cualquier medio por razones de seguridad.

Los visitantes deberán presentar una identificación válida.

II. PROCEDIMIENTO:

A. Visitas sin contacto/no profesionales

1. Todas las visitas se harán por video visita. La visita deberá ser programada con un mínimo de 12 horas de antelación. Todas las visitas se darán por terminadas 10 minutos después de la visita programada si el visitante no se conecta en línea.

2. Las visitas sin contacto se llevarán a cabo en el Área de Visitas ubicada en el vestíbulo público, así como en línea a través de Internet. Una entrada para reclusos se encuentra dentro del perímetro de seguridad. El área se encuentra justo dentro del vestíbulo. Esta área puede ser observada desde la oficina de reservas sin escuchar las conversaciones pero manteniendo la seguridad y es segura que separa físicamente al recluso y al visitante con capacidad para una conversación de dos vías y una visita no obstruida y/o por video.

3. Requisitos para las visitas:

  1. Se requiere que los visitantes tengan 18 años de edad, o si son menores de 18 años, que estén acompañados por un padre o tutor. Un cónyuge legal que sea menor de 18 años puede visitar si muestra una prueba legal de matrimonio. Los visitantes se registrarán al entrar en el vestíbulo de la cárcel. El registro incluirá la fecha, el nombre del visitante, el recluso visitado y la duración de la visita.

b. Las personas con antecedentes penales no serán excluidas de las visitas.

c. Las personas que se demuestre, mediante pruebas sustanciales, que constituyen una amenaza para el recluso o la seguridad de la cárcel serán excluidas de los privilegios de visita.

d. Los visitantes intoxicados (drogas o alcohol) no podrán visitar a un recluso.

e. No se permitirá la visita de personas en libertad condicional sin el permiso escrito de su agente de libertad condicional.

f. Los padres son responsables de la conducta y seguridad de sus hijos. El comportamiento perturbador de los niños es motivo de terminación de la visita.

g. Los visitantes pueden ser sometidos a un registro al entrar o salir del centro.

h. El comportamiento ruidoso, perturbador o inapropiado es motivo de terminación de la visita.

i. El personal penitenciario tiene la autoridad de sentar a los visitantes o a los reclusos a su discreción.

j. Se espera que los visitantes lleven un atuendo apropiado. El Oficial de Visitas tiene el derecho de negar la visita por vestimenta inapropiada.

1. 1. No ropa transparente

2. No pantalones cortos provocativos (como pantalones cortos, Speedo, etc.)

3. No ropa con insignias de pandillas/clubes

4. No ropa con gestos y/o lenguaje obsceno

5. No se permite el uso de camisetas de tirantes, camisas de tubo o camisetas de tirantes

6. No se permite el uso de vientre descubierto

7. Se debe llevar calzado

8. Se debe llevar camisa

9. La ropa interior debe ser apropiada (sujetador, ropa interior)

10. Las faldas y los vestidos deben llegar a la mitad de la rodilla

k. El personal que supervisa las visitas puede amonestar verbalmente a los internos o visitantes que incumplan las normas de visita de las Cárceles. Si se incumple una norma por segunda vez, se dará por terminada la visita y se pedirá al visitante o visitantes que se marchen. Algunas infracciones no requerirán una advertencia.

3. Número de visitantes: 1 adulto y 2 niños o 2 adultos y 1

Niño o 3 adultos.

Horas de visita / procedimientos de programación:

La cárcel proporcionará horas de visita generales que proporcionen a los reclusos la oportunidad de treinta minutos de visita por semana. Si la cárcel utiliza visitas por vídeo, proporcionará horas de visita generales semanales que sean compatibles con el sistema de visitas utilizado, no menos de veinte minutos por visita. El horario de visitas se publicará en las áreas de reclusos y visitantes o en el sitio web de la cárcel.

Se permitirá a los reclusos 2 horas a la semana en bloques de 30 minutos, a menos que las circunstancias dicten una suspensión temporal de las visitas. Las visitas se permitirán los 7 días de la semana y los horarios: 8am – 11am, 1pm – 2pm, 6pm – 8pm

Los horarios de visita y las reglas se publicarán en el área del vestíbulo público, en las Reglas y Regulaciones de los internos y en nuestro sitio web.

A. el visitante debe hacer una cita programando en línea o en el vestíbulo en el quiosco de visitas.

B. Para la visita por vídeo en el vestíbulo, cada visitante será

Identificado positivamente en la ventanilla de información del recluso y luego será dirigido al quiosco de visitas.

C. No se permiten teléfonos celulares durante las visitas.

D. Identificación adecuada:

1. Licencia de conducir

2. Tarjeta de identificación de Ohio

3. Identificación militar

4. Tarjeta de identificación válida con foto verificable

5. Pasaporte válido

b. Si surgen preguntas sobre lo que constituye una identificación aceptable, se contactará con el Supervisor de Turno/O.I.C. y se resolverán todas las cuestiones.

5. Registro de visitantes / Libro de registro:

a. Todos los visitantes deben registrarse en línea.

b. Se mantendrá un registro informatizado. El registro computarizado anotará el nombre del recluso, el nombre del visitante, la relación con el recluso, la hora en que se programa la visita y la hora en que termina la visita. La información del registro informatizado se introducirá en el expediente informático del recluso.

6. Visualización de las visitas:

El administrador de la cárcel o la persona designada supervisará todas las visitas programadas. Cualquier mala conducta resultará en que el visitante pierda el privilegio de visitar a cualquier recluso en la instalación.

7. Registro de visitantes:

a. Se colocará un cartel en el vestíbulo para advertir al público en general que cualquier persona que intente traer contrabando, armas o que viole de alguna manera la seguridad de la cárcel estará sujeta a un registro y a un proceso judicial.

b. Se puede realizar un cacheo bajo las condiciones citadas en «7.a» arriba (con la aprobación del Supervisor de Turno/O.I.C.). Los hombres registrarán a los hombres y las mujeres a las mujeres. Se denegará la visita si se encuentra contrabando o armas en el visitante.

Se convocará al Supervisor de Turno/O.I.C. y se le entregará al visitante para la presentación de cargos penales.

c. Los reclusos serán informados por escrito de que la visita ha sido

  1. denegada, incluyendo los motivos de la denegación.

B. Visitas especiales y/o visitas de contacto:

  1. 1. Elegibilidad para visitas especiales y o visitas de contacto: Cualquier visita especial
  2. debe ser aprobada por el Alguacil o el Administrador de la Cárcel. Todas las
  3. visitas, ya sean aprobadas o denegadas, se documentarán mediante
  4. el uso del formulario de Solicitud de Visita Especial. Este formulario será
  5. completado por el Supervisor de Turno/OIC y enviado al
  6. Administrador de la Cárcel para su aprobación o denegación. Este documento se
  7. archivará en el expediente del recluso y en el registro de visitas. Los visitantes
  8. deberán avisar con al menos veinticuatro (24) horas de antelación cuándo desean la visita especial. Dichas visitas se llevarán a cabo en el área de visitas. Se podrán conceder visitas especiales cuando:

a. Se haya producido un acontecimiento de importancia personal para el recluso (por ejemplo, el fallecimiento del cónyuge, de un hermano o de un padre), y la visita pueda contribuir a reducir los efectos negativos del acontecimiento en el recluso.

b. Otras circunstancias de este tipo que hayan impedido que la visita tenga lugar a la hora prevista. No se tomará ni se entregará ninguna propiedad personal o dinero durante los períodos de visita.

C. Los detenidos/reclusos del ICE pueden solicitar visitas de contacto utilizando el formulario de solicitud de visita especial. Estas visitas de contacto deben ser aprobadas tanto por el Alguacil o el Administrador de la Cárcel como por la Oficina de Campo de ICE. Debido a que se necesita la aprobación de ICE, estas solicitudes deben hacerse con tres (3) días hábiles de antelación a la visita solicitada.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.